7/9/10

Informe de la Defensoría de los Habitantes de Costa Rica 2009-10 Extracto del tema indígena

III. Personas Indígenas

1. Problemáticas recurrentes en las comunidades indígenas.
La Defensoría ha constatado que existen diferentes problemáticas recurrentes dentro de los territorios indígenas, que afectan su desarrollo cultural, económico y social, en varias de las cuales, la actuación de las Asociaciones de Desarrollo constituye un factor común. Sin embargo, contrario a la finalidad de promover el desarrollo, más bien en algunos casos la actuación de las Asociaciones contribuye a acrecentar la problemática. Con la finalidad de ejemplificar estas acciones u omisiones se presentan las siguientes situaciones:
• El Subsistema de Educación Indígena y la potestad de las Asociaciones de Desarrollo de recomendar docentes en los centros educativos indígenas. El caso de Cabagra.
Se han recibido varias denuncias por presuntas irregularidades cometidas por las Asociaciones de Desarrollo, en las cuales las personas denunciantes alegan que las Juntas Directivas recomiendan personas que no cumplen con los requisitos para el puesto, que excluyen de la lista de oferentes a otras/os docentes por meras situaciones personales, y que se recomiendan sustituciones de personal sin que se presenten mejores atestados. (10)
Valga señalar que desde el año 2006 se viene retomando una propuesta para reformar el Subsistema de Educación Indígena, con la finalidad de llenar determinados vacíos en la legislación existente y que crean conflictos entre docentes, Asociaciones de Desarrollo y Ministerio de Educación Pública. Se ha detectado que la población muestra un desconocimiento con respecto a los alcances del subsistema de educación indígena, así como de las potestades de las Asociaciones y del MEP en la selección y nombramiento de docentes indígenas.
Precisamente por esta problemática, en marzo del 2010, la Defensoría recibió aproximadamente 45 personas del territorio de Cabagra, quienes informaron el cierre de las instituciones educativas de esa comunidad, debido al descontento en el nombramiento del personal docente.

Con la finalidad de que el Ministerio de Educación Pública conociera estas situaciones y asumiera las responsabilidades correspondientes, se realizaron tres reuniones para resolver los casos de Cabagra y una destitución en el Liceo de Boruca. Tomados los acuerdos respectivos, se procedió a realizar un proceso de información y conciliación de intereses para la apertura de los centros educativos. Es importante reconocer que en esta labor se ejerció una adecuada coordinación, en donde prevaleció el derecho a la educación de los niños y niñas del territorio de Cabagra.
Resulta necesario recordarle al Ministerio de Educación Pública la importancia de disponer de mecanismos de información permanente al personal docente de los territorios indígenas, no sólo para que conozcan sus derechos, sino también para que denuncien cualquier atropello de las Asociaciones de Desarrollo en perjuicio de sus derechos laborales y del derecho a la educación de la niñez indígena.
El papel de las Asociaciones es el de recomendar y no el de asignar a los/las docentes, tampoco les corresponde realizar sustituciones o acusaciones sin causa demostrada. El MEP no puede evadir su responsabilidad en este proceso, amparándose en un decreto ejecutado a medias.

Por tales razones el MEP debe asumir una participación más activa en la selección de las personas recomendadas por las Asociaciones, para lo cual debe tener en cuenta tanto lo establecido en el decreto MEP-22072 como los requisitos que se deben reunir para ser docente.
• La repartición de bonos de vivienda a personas no indígenas en territorios indígenas.
La falta de vivienda es una de las principales necesidades de las comunidades indígenas, sin embargo, los proyectos de vivienda en los territorios indígenas no pasan del 2% del presupuesto destinado a ese menester. Las denuncias contra las entidades ejecutoras son graves y reiteradas, mientras las instituciones que deben garantizar la satisfacción de este derecho, se pasan la responsabilidad de una a la otra: el Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos, el Banco Hipotecario de la Vivienda y la Comisión de Emergencias, las cuales presentan muchas deficiencias. (11)
En primera instancia la entrega de bonos de vivienda que se realiza en conjunto con las Asociaciones de Desarrollo, presenta uno de los panoramas menos alentadores, donde se denuncian otorgamiento de bonos a personas no indígenas y con recursos económicos, a personas que ya han tenido anteriormente un bono de vivienda, a familiares de la Junta Directa o a funcionarios de instituciones influyentes en la comunidad. Bajo estas circunstancias se carece de la fiscalización, supervisión y control de las entidades responsables, quienes justifican su poca intervención en función de la autonomía de los pueblos indígenas.
En cuanto a la construcción de viviendas, los proyectos son asignados a empresas constructoras de carácter privado, las cuales plantean exigencias a las comunidades sin previa consulta, además no cumplen con los períodos definidos, cambian las especificaciones de las construcciones y en algunos casos dejan los proyectos abandonados.
Esto ha venido ocurriendo sin que se planteen las exigencias del caso por parte de las instituciones públicas en materia de vivienda. Es un hecho que en la asignación de bonos de vivienda se le ha dejado esta tarea a las Asociaciones de Desarrollo Integral, lo cual ha sido motivo de múltiples problemáticas e inclusive de quejas por tráfico de influencias. Se han observado diversas irregularidades que han involucrado a la Comisión
Nacional de Asuntos Indígenas, a las diferentes Asociaciones, a las instituciones públicas en materia de vivienda e inclusive a la misma población indígena, todas estas entidades que no han tomado acciones para resolver estas situaciones.

• El otorgamiento de derechos de posesión a no indígenas en territorios indígenas.
En el período 2009-2010 se muestra una alta incidencia en las denuncias relacionadas con el mal manejo de los territorios indígenas, donde las Asociaciones de Desarrollo como representantes legales de estas tierras, se han acusado de dar terrenos y bonos de viviendas a personas no indígenas, las cuales además no viven en condiciones de pobreza.(12)
A esta situación se suma la deuda del Estado costarricense de indemnizar, reubicar o desalojar, según corresponda, a todas las personas no indígenas que viven dentro de los territorios indígenas. (13)
Asumiendo el reto de pasar de la denuncia a la práctica la Defensoría de los Habitantes está procediendo a solicitar información actualizada al IDA, a CONAI, al Registro Nacional, al MIVAH, y a DINADECO sobre la situación del proceso de demarcación (catastro) y titulación de los territorios indígenas; en procura de darle seguimiento a las acciones que sean informadas y a conjuntar esfuerzos para resolver esta recurrente problemática.

• El cuestionamiento a la representatividad de las Asociaciones de Desarrollo.

Las comunidades indígenas al ser dotadas de autonomía deberían encontrar su mayor representación en las Asociaciones de Desarrollo, sin embargo gran parte de esta población se enfrenta a una considerable contradicción: la negación a su derecho de afiliarse y tomar parte de las decisiones que afectan a sus comunidades. (14)
Esto ha generado un constante descontento con los representantes, que ha llegado a detener el desarrollo de las comunidades y la credibilidad de la población en todas las acciones que implementan las Juntas Directivas. Pese a ello, la Comisión Nacional de Asuntos Indígenas, así como DINADECO, bajo el alegato de que se trata de organizaciones privadas, no han asumido un papel proactivo y participativo, contribuyendo con ello a tolerar el atropello de los derechos indígenas.
• Persiste la falta de servicios públicos en las comunidades indígenas.

En la actualidad hay muchas comunidades indígenas que no cuentan con los servicios públicos básicos (agua potable, electricidad, telefonía) limitando sus tareas diarias y la elaboración de proyectos que permitirían el desarrollo de esta población. Aunado a esto se tramitan muchas denuncias con respecto a las malas condiciones de los caminos y la falta de puentes u otro tipo de infraestructura para comunicarse con otras comunidades.15
El Ministerio de Obras Públicas y Transportes en conjunto con las Municipalidades han implementado algunas estrategias para resolver estas situaciones, pero los trámites siguen alargándose, en ocasiones desconocen la naturaleza de los caminos así como la entidad responsable, las inspecciones duran amplios períodos, exponiendo a la población a mayores riesgos.
• El irrespeto al derecho de consulta.

La explotación de los recursos naturales y la implementación de proyectos dentro de los territorios indígenas sin previa consulta, ha sido una de las situaciones que ha indignado a esta población.
En diferentes reuniones personas del territorio de Térraba han criticado los abusos de poder, la violación a sus derechos y el accionar inconstitucional de las entidades públicas como en el proyecto Diquis. Por ello es necesario que se promueva el trabajo coordinado de las instituciones públicas con estas poblaciones, respetando su identidad cultural como sus territorios.
La panorámica descrita requiere de una intervención proactiva y coordinada de parte del gobierno central, de los gobiernos locales y de las instituciones autónomas, con las comunidades indígenas, en procura de fortalecer y de garantizar el respeto real de los derechos de estas personas. Para que se den cambios al interior de los territorios indígenas resulta oportuno que las instituciones públicas interinstitucionalicen sus acciones, conjuntamente con las asociaciones de desarrollo indígenas, de manera que su intervención sea integral.
Lo anterior es lo que ha impulsado a esta Defensoría a emitir recomendaciones a diferentes instituciones públicas, para que ejerzan sus obligaciones frente al conjunto de la sociedad civil, dando respuesta a las necesidades que enfrenta la población indígena.
[….]

3. Un año más en la Asamblea Legislativa: La Ley de Desarrollo Autónomo de los Pueblos Indígenas.
A inicios del presente año la Defensoría insistió ante la Presidencia de la República para que el proyecto de Ley de Desarrollo Autónomo de los Pueblos Indígenas fuera convocado en sesiones extraordinarias.
Esto pues, a criterio de esta Defensoría, la nueva legislación renovaría el reconocimiento de derechos, por parte del Estado costarricense, a los Pueblos Indígenas; además, posibilitaría un mejoramiento de la calidad de vida de esta población y el Estado haría valer los compromisos asumidos con la ratificación del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)
Además el proyecto de ley ha sido ampliamente discutido y analizado en el ámbito legislativo y el nacional, y el proceso de consulta a los pueblos indígenas fue uno de los más significativos que se han realizado en el país, el cual satisfizo los estándares mínimos establecidos por el Convenio 169
Como toda ley puede ser perfectible, pero ello no debe continuar siendo obstáculo para no aprobarlo. Como es sabido los pueblos indígenas viven en niveles de pobreza mucho más altos que el resto de la población; esa situación se manifiesta en la carencia de recursos económicos, en la falta de acceso a la tierra y en la dificultad de acceso a los servicios públicos. Es precisamente por esto que la nueva legislación podría constituirse en una oportunidad para que el Estado costarricense planifique y desarrolle acciones concretas para la superación de la pobreza en los pueblos indígenas.
Por tales razones, la Defensoría de los Habitantes insta respetuosamente a las señoras y señores diputados/as a aprobar la Ley de Desarrollo Autónomo de los Pueblos Indígenas para darle vigencia a los derechos reconocidos en los instrumentos internacionales de derechos humanos, particularmente en el Convenio 169.
(10) Al respecto la Defensoría tramita algunas denuncias mediante los expedientes Nº 57676-2010-SI, 53182-2010-SI y 54456-2010-SI.

(11) Actualmente se investigan algunas situaciones en el pueblo China Kichá en Talamanca, mediante el expediente Nº 37312-2009-SI y el 35082-2009-SI.

(12) En la Defensoría se han tramitado diversas quejas por irregularidades en el territorio indígena de Térraba y su respectiva Asociación de Desarrollo, las cuales se analizan en el expediente Nº 37069-2009-SI.

(13) Son poseedores de Buena Fe las personas no indígenas que ocuparon tierras que posteriormente fueron declaradas dentro del territorio indígena y que no han sido reubicadas por el Estado, conforme lo establece la Ley Indígena.

No hay comentarios: